¿Se puede despedir en periodo de prueba?

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Cuando se empieza en un trabajo, siempre suelen poner en el contrato ciertos días que ellos califican como el período de pruebas. Muchas empresas juegan un poco sucio, lo sabemos todos. Y cada vez más, con los contratos basuras y la precariedad. De esta manera, hacen contratos con periodo de pruebas y antes de que puedan pasar el contrato a ser de la plantilla, les despiden. De esta manera, el trabajador ha sacado el exceso de trabajo, ha hecho trabajo y les pagarán una miseria por el contrato sin necesidad de una indemnización. Les sale redonda la jugada.

En un contrato que se esté en el periodo de pruebas, no hay que pagar una indemnización económica al trabajador. Eso sí, salvo excepciones… que haberlas, las hay. Aunque en general, con los dichosos contratos en periodo de pruebas, casi siempre por no decir siempre (salvo casos muy concretos) se salen ganando los empresarios. En estos casos, habrá que saber si está siendo un despido improcedente o bien, un despido procedente. Y seamos realistas, es muy importante saberlo para afrontarlo y tener serenidad o bien luchar por tus intereses.

Instrucciones

  1. Entre los contratos basura que más están destacando con el paso de los años y por desgracia, son los contratos de pruebas o periodo de pruebas. Una misma cosa para finalmente, el trabajador, hacer el mismo trabajo que cualquier otro trabajador que está fijo y en plantilla, saca el trabajo basura y al poco tiempo, se les despide o no se les renueva el contrato para no tener que pagar más por ellos.
  2. Cuando firmes un contrato que sea de pruebas debes saber que no todo vale. Que no puedes estar trabajando con este contrato durante mucho tiempo y menos, si estás capacitado para ello, con estudios. Te contamos qué máximo de tiempo son estos para que no te engañen.
  3. Si eres un empleado o estás dentro del rango número tres, cuatro y cinco, el máximo tiempo será de tres meses.
  4. Si tienes titulación de técnico o estudios superiores o medios, no podrá ser superior a los seis meses.
  5. Para los que son operarios, capataces o encargados, no podrá exceder el tiempo en más de un mes.
  6. En los niveles seis hasta el diez, será de dos meses.
  7. Para el resto de las categorías, el tiempo máximo serán de quince días.
  8. El tiempo que cuente como periodo de pruebas si sigues en plantilla y te cambian el contrato, te mantendrán ese tiempo trabajado (de pruebas) como antigüedad en la empresa.
  9. Hay siempre dos opciones con estos contratos. Está que el empresario decida no despedirte y, por tanto, seguirías en plantilla dentro de la empresa y si por el contrario se te despidiera después, ya sería un despido en toda regla. Si deberían indemnizarte.
  10. En cuanto a estos contratos, son peligrosos porque siempre estás con el miedo de que la empresa pueda despedirte y, además, hacerlo sin indemnización. Es como que estás siempre a la espera de qué deciden hacer contigo. Pongamos, por ejemplo, que tu contrato es de cinco meses. Si la empresa decide que te despide antes de que hayan pasado esos cinco meses, lo pueden hacer. Y lo peor, no te tocará ninguna indemnización. Porque sí, es legal que lo hagan. En cambio, supongamos que ya se han cumplido los cinco meses, si te echaran, ya deberían pagarte.
  11. También están, los contratos abusivos. Hay siempre, que leerlo bien antes de firmarlos. Por ejemplo, se dan casos donde el periodo de pruebas es larguísimo y abusivo. Se dan casos donde sin haberte fijado, has firmado un contrato de pruebas de un año. Pues bien, si se dan casos donde la justicia da la razón al trabajador por ser un tiempo más que extenso y abusivo.
  12. Dependerá de qué medidas se toman… es posible que o bien prefieran despedirte y tendrán que abonarte una parte, meterte en plantilla y cambiarte el tipo de contrato.
  13. Cuando vayan a despedirte, deberán avisártelo. Por lo general siempre te lo tendrán que notificar.
  14. En esta carta no hace falta si la empresa no quiere, exponer los motivos o circunstancias por el que se da el cese o despido laboral.
  15. En el caso de los trabajadores, si están con un contrato que es de periodo de pruebas, pueden no avisar de que dejan de ir a trabajar. Para ello, tendrán que leer muy bien el contrato y asegurarse de que no se especifique nada que implique hacer lo contrario.
  16. Por lo general, cuando intentan recurrir a los despidos, siempre se aferran de manera indiscriminada a las mujeres. El motivo, siempre el mismo. Indicios de que la empleada está embarazada o cuando se enteran de que lo está. ¿qué hacer si estás con el contrato de prueba y te despiden porque estás embarazada?
  17. Igual que hemos comentado que hasta ahora si pueden despedirte si así lo quieren. En el caso de alegar que es por el embarazo, no podrían. Si así lo hacen, se podrá alegar por parte de la trabajadora que hay una indiscriminación de sexo y ante esos casos, el despido siempre será nulo. No podrán echarte de tu puesto de trabajo.
  18. Si la empresa dice y/o alega que no se despide a la trabajadora por el embarazo sino por otro tipo de razones, y además, lo pueden demostrar, se le dará la razón a la empresa y se convertirá el despido en apto.
  19. Siempre se darán pruebas y en estos casos será la empleada la que deberá dar explicaciones y contestar a las preguntas como cuanto hace que sabe de su estado de gestación, tiempo del embarazo, etc. Lo mismo que se lo harán a la empresa, desde cuando lo sabe, etc.

Que Necesitas

  • Ten los contratos imprimidos y siempre a mano para poder revisarlos.
  • En caso de tener cualquier duda con el tipo de contrato, meses, horas y sueldo, acude al sindicato de trabajadores para que te puedan asesorar.
  • Es importante saber siempre, cuáles son tus derechos.
  • Si sientes que están siendo injustos y te despiden con excusas o estás embarazada y puedes demostrar que ese es el motivo por el que te echan, acude a un abogado laboralista para que te ayude.

Consejos

Con este tipo de contrato laboral, los contratos de pruebas, también se tendrán que tener en cuenta otros casos como el de lactancia, el periodo de gestación (el embarazo), posibles problemas con el embarazo… incluso para los hombres, con mismo contrato, los permisos de paternidad (y los de maternidad).

Una de las cosas más importantes cuando tengas delante de tus narices el contrato, léetelo bien y no lo firmes sin más. Porque es posible que, sin saberlo, estés firmando un contrato de pruebas, por ejemplo, de un año. Algo que es cuanto menos, exagerado y abusivo. Revisa de cuanto tiempo se va a tratar. Y también, a qué rango va. Si vas a trabajar de una cosa, que no te pongan uno inferior. Porque ni vas a cobrar lo mismo, ni según los rangos pueden excederse los tiempos de pruebas. Es absurdo y es un timo que se tenga que trabajar más horas sin que te las paguen o lo percibas por un rango muy inferior al que te debería tocar. Échale ganas en el trabajo y haz todo lo posible para que no te despidan. A veces, viendo que el trabajador tiene ganas de trabajar y hace méritos para ello, en cuanto se les acaba el contrato de pruebas, les meten en la plantilla de la empresa. Así que suerte.

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