Qué es Despido Intempestivo

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Gracias a los tiempos que corren cada vez más, los trabajadores tienen sus propios derechos laborales y ya no es tan fácil (aunque se intente y se las ingenian en muchos casos) poder echar a los trabajadores sin previo aviso, alegando cosas absurdas o despedirles sin indemnización. Se está avanzando, pero todavía queda por desgracia, mucho por hacer. En cualquier caso, siempre hay que intentar saber cuáles son los derechos que tienes para poder luchar por ellos. No hay que olvidarse de que se está hablando de un trabajo, que es tu futuro y tu sueldo. No es ninguna tontería.

No todos los tipos de despidos en el trabajo son lo mismo ni significan lo mismo… en algunos casos, el despido no irá acompañado de una indemnización y en otros, sí. Hay que saber qué tipo de despidos son y si es legal.

Os explicaremos un tipo de despido que, si no estás muy familiarizado con el medio laboral, puede sonarte a chino. Se trata del despido intempestivo que es como lo llaman en muchos países sudamericanos o bien, llamarlo despido improcedente, como se llama en países como España.

Instrucciones

  1. Cuando se habla del despido intempestivo, hay que saber a qué hace referencia. Ojo, dependerá de los países. Os contamos que, en España, no hay que liarse y decir despido intempestivo es lo que aquí se le denomina, despido improcedente. Dicho esto, hay que saber a qué hace referencia.
  2. Un despido intempestivo, es cuando los jefes te despiden. Pero lo hacen sin una justificación o la excusa que ponen, no tiene sentido alguno. En estos casos, no es legal ni es una situación aceptable.
  3. Para que se de el caso de un despido improcedente, tiene que haber un contrato laboral. Sin él, no hay despido. Sería sólo verbal.
  4. Debes saber que, si te despiden de una manera improcedente, es decir, lo que se llama en algunos países como un despido intempestivo, si deberían indemnizarte. Este tipo de indemnización será monetaria.
  5. Respecto a la cantidad monetaria, esto es un poco más concreto según el caso y el trabajador. Es por ello, que resulta imposible decir de que cantidades estaríamos hablando. Siempre se tendrá que valorar según el tipo de contrato que tenga el trabajador, las horas que tenga establecidas, días, tiempo, nómina, etc.
  6. Según los baremos, podríamos saber lo que pueden darte de indemnización según el tiempo que hayas estado trabajando. Esto se valora de la siguiente manera:
  7. Si llevas trabajando en esa empresa, menos de tres años, lo que te pagarán de indemnización serán tres meses de sueldo. Ten en cuenta tu sueldo y calcúlalo por tres meses. Esa, sería tu indemnización.
  8. Si has estado trabajando más tiempo, es decir, más de tres años, o cinco, seis… se calcula de este modo: se tendrá en cuenta por cada año que haya pasado trabajando en la empresa, se le indemnizará con un mes. Es decir, ponemos un ejemplo. Seis años, le corresponderían seis meses.
  9. Se tiene siempre en cuenta el siguiente baremo para poder saber el finiquito del trabajador. Aunque llevara muchísimos años trabajando en la empresa, no podría superar un máximo. Ese plazo es de un tope de veinte cinco meses.
  10. En algunos casos (no sería legal y no se debe aceptar bajo ningún caso) algunos jefes intentar ofrecer menos cuantía de la debida. Nunca lo aceptéis. Por ley, que os ampara, os deben pagar lo que habéis trabajado. Si es una cantidad, es esa. Nunca menos.
  11. Es bastante complejo saber a qué debes aferrarte en un despido intempestivo, pero rascando un poco más, podemos decirte que si tu contrato laboral es, por ejemplo, temporal (que abundan mucho hoy en día), algunos jefes quieren hacer el agosto a tu costa. Lo que hacen es despedirte antes de que termines el contrato temporal y así, o no te pagan o quieren pagarte muy poco. Error. Sabiendo tus derechos, tienes que saber que por supuesto, te toca recibir tu cantidad de la indemnización. Que pueden despedirte, sí. Pero que tendrán a cambio, que pagarte lo que te quedara por finalizar el contrato.
  12. En casos donde es el trabajador quien tiene un problema o le surge cierto imprevisto, también se puede hacer un tipo de despido imprevisto, aunque no sea porque la empresa te despide. Si el trabajador avisa a la empresa con tiempo suficiente, mínimo de setenta días, la empresa tendrá constancia y, por ende, podría ser un despido de ese tipo.
  13. Están los famosos y tan recurrentes (y temidos a partes iguales) los eres. O lo que es para la empresa, como un cierre por la empresa, por la producción, etc. En estos casos, siempre, siempre, hay que indemnizar a los trabajadores. No se les puede despedir sin más. Además, en algunos casos, si se volviera la empresa a su anterior actividad, tendría que volver a contratar a los trabajadores que despidió. Nunca en condiciones peores a las que estaba. Tendrían que ser las mismas o mejores.
  14. Si por parte de la empresa se ponen tozudos y salvo un despido, no quieren darte lo que pertenece por ley, no te quedará más remedio que tener que contratar a un abogado laboralista. Ponlo todo en conocimiento de ellos, que te asesoren y te ayuden a lograr lo que te pertenece.
  15. Si la cosa ves que se está poniendo fea, que no quieren pagarte, que sólo ves por parte del jefe malos modos y malas maneras, lo que puedes hacer es dirigirte al sindicato de trabajadores. Que te apoyen y te asesoren. En el mejor de los casos, puedes dirigirte con alguien (para que haya testigos) a inspección de trabajo. Allí les expones lo que te ha pasado. Lo que deberían hacer, es dirigirse la inspección a tu trabajo y allí, se haría un acta. Esta acta siempre tiene que ser firmado tanto por el jefe, como por el trabajador despedido. El acta firmada servirá de base para un reclamo posterior al despido intempestivo.

Que Necesitas

  • Acude a inspección laboral o a un sindicato laboralista para que te puedan asesorar.
  • Ante un despido que no esté justificado y se estén vulnerabilizando tus derechos, acude al sindicato de trabajadores o a un abogado laboralista para que sean ellos, quienes miren por tus intereses.
  • Ten a mano siempre todas tus nóminas e imprímelas.
  • Intenta tener todos tus cuadrantes imprimidos, ordenados, sellados y/o firmados y al día. Ante cualquier imprevisto, podrás alegar que días, horarios y turnos estuviste trabajando.

Consejos

Queda claro que siempre que haya un despido que sea intempestivo o imprudente (como lo llamamos en España), la empresa deberá pagar una indemnización económica al trabajador. No le puede despedir sin más, sin quedarse sin percibir ni un solo euro o la moneda de cada país.

Siempre ante la duda, no os conforméis ni os sintáis intimidados o viendo que os viene el mundo abajo. Es una faena que a una persona se le despida de su trabajo, pero una vez te encuentras con esto, debes luchar por lo que has trabajado. Si te ofrecen mucho menos dinero del que tienen que pagarte, no lo aceptes. Debes quedarte con lo que te toca por ley y ellos, lo saben. Que no te vengan con excusas de que no tienen dinero. Lo mismo si te dicen que no van a pagarte. No te conformes con esto. Tienen que pagarte por ley.

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